Jurisdicción: Departamento de Tacna (Provincias de Tacna, Tarata, Candarave y Jorge Basadre)
Establece retorno gradual y progresivo
PODER JUDICIAL APRUEBA PROTOCOLO QUE REGULA ACTIVIDADES POSTERIORES A LEVANTAMIENTO DE EMERGENCIA POR COVID-19 Ingreso y permanencia del personal y público a cualquier sede judicial no debe superar el 50 % del aforo establecido
El Presidente de la Corte Superior de Justicia de Tacna, Dr. Jael Flores Alanoca informó que el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CEPJ) aprobó el protocolo que regulará las actividades jurisdiccionales y administrativas de este Poder del Estado, luego de que sea levantado el aislamiento social obligatorio establecido por el Ejecutivo para prevenir el contagio de la pandemia del Coronavirus (COVID-19).
Este
documento, denominado “Medidas de reactivación de los órganos jurisdiccionales
y administrativos del Poder Judicial posterior al levantamiento del aislamiento
social obligatorio establecido por el Decreto Supremo N.° 044-2020-PCM y
prorrogado por los Decretos Supremos N° 051 y 064-2020-PCM”, fue aprobado
mediante Resolución Administrativa N° 129-2020-CE-PJ.
El
referido Protocolo norma las actividades del Poder Judicial por un periodo de
treinta días calendarios posteriores al levantamiento de la medida antes
indicada, las cuales establecen un retorno gradual y progresivo a las labores
judiciales.
OBJETIVOS
Entre
los objetivos de las medidas están reactivar los órganos jurisdiccionales y
administrativos en forma gradual y progresiva, regularizar la carga procesal y
administrativa interrumpida por la suspensión de labores, así como garantizar
la prestación del servicio a la ciudadanía en el periodo post-emergencia.
Asimismo,
racionalizar los servicios administrativos de justicia para evitar la
confluencia de público y mitigar la transmisión y difusión del COVID-19.
El
CEPJ considera necesarias las medidas extraordinarias contenidas en este
protocolo para enfrentar el periodo post-emergencia, con un ambiente fiable
para la protección de la salud de magistrados, funcionarios, trabajadores y
usuarios sin afectar la prestación de servicio de justicia a la ciudadanía.
MEDIDAS
PRINCIPALES
De
los primeros siete días –del total de treinta– elprotocolo señala que quedan suspendidos todos
los plazos procesales y administrativos.
De
igual modo, el documento establece pautas para el ingreso y permanencia del
personal y del público a cualquier edificio del Poder Judicial a nivel
nacional, el cual no debe superar el 50 % del aforo establecido y respetando la
distancia social.
Asimismo,
fija dos turnos de trabajo: A) lunes, miércoles y viernes, y B) martes, jueves
y lunes siguiente, en horario de 08:00 a 13:00 horas, por lo que la asistencia
simultánea del personal será reducida al 50 % en cada oficina.
El
establecimiento de los grupos de trabajo deberá permitir el desarrollo normal
de las funciones de la oficina o despacho, mediante el teletrabajo o trabajo a
distancia.
ACTIVIDADES
SUSPENDIDAS
Además
quedan suspendidas las actividades académicas y extrajurisdiccionales que
originen confluencia de personas, así como los viajes de jueces y funcionarios
al interior del país o extranjero por motivos de la función.
Las
audiencias que no hayan sido programadas o no fueron realizadas por la
suspensión de labores, deberán ser programadas luego de pasado los 30 días
calendarios señalados en el protocolo.
El
documento también fija reglas para la realización de las audiencias después de
los 30 días establecidos, las cuales deben desarrollarse de manera virtual y,
excepcionalmente, en forma presencial.
Los
jueces mayores de 60 años o aquellos que estén en el grupo de riesgo
permanecerán en sus domicilios y la Presidencia de Corte Superior les
habilitará las condiciones necesarias para que realicen trabajo remoto.
Finalmente,
el protocolo establece medidas de prevención que los trabajadores deben
observar durante la jornada laboral y el uso obligatorio de los elementos de
protección personal que les sean entregados, entre otras medidas.
El
Dr. Flores Alanoca aseguró que adicionalmente a este protocolo, la Corte
Superior de Justicia de Tacna ha preparado un protocolo específico para nuestro
distrito Judicial. Entre las principales acciones está la implementación de un
call center para la atención de los usuarios y la difusión de los sistemas
informáticos para que los usuarios puedan verificar sus expedientes a través
del internet (denominado Centro de Atención Judicial al Usuario). El objetivo
es brindar información de calidad sobre los expedientes, evitando que los litigantes
y usuarios asistan a la Corte; entre otras acciones que podrá realizar telefónicamente
el Usuario Judicial. Adicionalmente se instalarán intercomunicadores en todas
las ventanillas de atención al público.
Finalmente
el Presidente de la Corte de Tacna aseguró que se proveerá a los Magistrados y
servidores, los implementos de bioseguridad necesarios para la realización de
sus funciones, con la finalidad de evitar contagios.
PODER JUDICIAL APRUEBA PROTOCOLO QUE REGULA ACTIVIDADES POSTERIORES A LEVANTAMIENTO DE EMERGENCIA POR COVID-19 Ingreso y permanencia del personal y público a cualquier sede judicial no debe superar el 50 % del aforo establecido
El Presidente de la Corte Superior de Justicia de Tacna, Dr. Jael Flores Alanoca informó que el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CEPJ) aprobó el protocolo que regulará las actividades jurisdiccionales y administrativas de este Poder del Estado, luego de que sea levantado el aislamiento social obligatorio establecido por el Ejecutivo para prevenir el contagio de la pandemia del Coronavirus (COVID-19).
Este documento, denominado “Medidas de reactivación de los órganos jurisdiccionales y administrativos del Poder Judicial posterior al levantamiento del aislamiento social obligatorio establecido por el Decreto Supremo N.° 044-2020-PCM y prorrogado por los Decretos Supremos N° 051 y 064-2020-PCM”, fue aprobado mediante Resolución Administrativa N° 129-2020-CE-PJ.
El referido Protocolo norma las actividades del Poder Judicial por un periodo de treinta días calendarios posteriores al levantamiento de la medida antes indicada, las cuales establecen un retorno gradual y progresivo a las labores judiciales.
OBJETIVOS
Entre los objetivos de las medidas están reactivar los órganos jurisdiccionales y administrativos en forma gradual y progresiva, regularizar la carga procesal y administrativa interrumpida por la suspensión de labores, así como garantizar la prestación del servicio a la ciudadanía en el periodo post-emergencia.
Asimismo, racionalizar los servicios administrativos de justicia para evitar la confluencia de público y mitigar la transmisión y difusión del COVID-19.
El CEPJ considera necesarias las medidas extraordinarias contenidas en este protocolo para enfrentar el periodo post-emergencia, con un ambiente fiable para la protección de la salud de magistrados, funcionarios, trabajadores y usuarios sin afectar la prestación de servicio de justicia a la ciudadanía.
MEDIDAS PRINCIPALES
De los primeros siete días –del total de treinta– el protocolo señala que quedan suspendidos todos los plazos procesales y administrativos.
De igual modo, el documento establece pautas para el ingreso y permanencia del personal y del público a cualquier edificio del Poder Judicial a nivel nacional, el cual no debe superar el 50 % del aforo establecido y respetando la distancia social.
Asimismo, fija dos turnos de trabajo: A) lunes, miércoles y viernes, y B) martes, jueves y lunes siguiente, en horario de 08:00 a 13:00 horas, por lo que la asistencia simultánea del personal será reducida al 50 % en cada oficina.
El establecimiento de los grupos de trabajo deberá permitir el desarrollo normal de las funciones de la oficina o despacho, mediante el teletrabajo o trabajo a distancia.
ACTIVIDADES SUSPENDIDAS
Además quedan suspendidas las actividades académicas y extrajurisdiccionales que originen confluencia de personas, así como los viajes de jueces y funcionarios al interior del país o extranjero por motivos de la función.
Las audiencias que no hayan sido programadas o no fueron realizadas por la suspensión de labores, deberán ser programadas luego de pasado los 30 días calendarios señalados en el protocolo.
El documento también fija reglas para la realización de las audiencias después de los 30 días establecidos, las cuales deben desarrollarse de manera virtual y, excepcionalmente, en forma presencial.
Los jueces mayores de 60 años o aquellos que estén en el grupo de riesgo permanecerán en sus domicilios y la Presidencia de Corte Superior les habilitará las condiciones necesarias para que realicen trabajo remoto.
Finalmente, el protocolo establece medidas de prevención que los trabajadores deben observar durante la jornada laboral y el uso obligatorio de los elementos de protección personal que les sean entregados, entre otras medidas.
El Dr. Flores Alanoca aseguró que adicionalmente a este protocolo, la Corte Superior de Justicia de Tacna ha preparado un protocolo específico para nuestro distrito Judicial. Entre las principales acciones está la implementación de un call center para la atención de los usuarios y la difusión de los sistemas informáticos para que los usuarios puedan verificar sus expedientes a través del internet (denominado Centro de Atención Judicial al Usuario). El objetivo es brindar información de calidad sobre los expedientes, evitando que los litigantes y usuarios asistan a la Corte; entre otras acciones que podrá realizar telefónicamente el Usuario Judicial. Adicionalmente se instalarán intercomunicadores en todas las ventanillas de atención al público.
Finalmente el Presidente de la Corte de Tacna aseguró que se proveerá a los Magistrados y servidores, los implementos de bioseguridad necesarios para la realización de sus funciones, con la finalidad de evitar contagios.
(Lea aquí resolución con el protocolo)
Oficina de Imagen Institucional
Corte Superior de Justicia de Tacna
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